PARTICULARES
Revisiones de medidas y reclamación de pensiones.
Verificación de insolvencias.
Localización de bienes, actos testamentales.
Control del servicio doméstico.
Problemas de adicciones (drogodependencias, ludopatías, alcoholismo).
Informes prematrimoniales, bigamias, verificación estado civil, familia.
Infidelidades.
Control hijos.
Sectas y grupos de control.
Búsquedas y localizaciones.
Amenazas, vejaciones, injurias, calumnias, bullying, etc.
Aportación de pruebas de comportamiento.
Custodia y patria potestad.
Escolarización.
Acoso o abuso sexual.
Verificación de medidas judiciales impuestas, ayuda a la mujer maltratada.
Atención correcta a niños, ancianos o dependientes.
Abandono del hogar.
LABORAL
Absentismo laboral.
Infiltraciones.
Informes prelaborales, evaluación del candidato, verificación currículum vitae.
Mobbing - Acoso laboral.
Bajas laborales dudosas, enfermedades fingidas.
Control de fidelidad de socios, representantes, delegados, comerciales, etc
Duplicidad de empleo.
Informes económicos y de solvencia.
Informes comerciales.
Competencia desleal.
Control de enlaces sindicales.
Informes de clientes, distribuidores o de competencia.
Localización de morosos.
Hurtos y robos internos.
Protección de flota, instalación de equipos GPS.
Quebranto de secreto profesional o infidelidad contractual.
Productividad de empleados.
Asesoría de seguridad, prevención de fugas de información.
Obtención de pruebas y soporte jurídico.
Intrusismo profesional.
Seguridad física, vigilancia y protección.
Mistery Shopping, verificación del trato de sus empleados al cliente, verificaciones de cumplimiento de las normas de la empresa, atención al cliente, etc.
Inteligencia empresarial.
INDUSTRIAL
Protección de la propiedad industrial o intelectual.
Localización de falsificaciones de marca, y de sus centros de fabricación (incluso en el extranjero).
Supervisión del uso de la marca y de su imagen.
Informes de uso indebido de la marca y/o fuera de los términos de contrato.
Control de delegaciones y franquicias.
Contraespionaje industrial y medidas de control.
Fidelidad de delegados, directivos, representantes, comerciales autónomos etc.
Protección de patentes, uso indebido y copia del producto/artículo/ingenio.
Usurpación de patentes y plagio.
Denominación de origen falsa, o falso etiquetado.
Aportación de pruebas en general.
Violaciones de la normativa en materia de libre competencia o publicidad.
ECONÓMICOS
Informes financieros y económicos previos a embargos y juicios ejecutivos.
Localización de bienes.
Insolvencias fingidas.
Responsabilidad económica y moral.
Búsqueda de administradores y empresas.
Peritajes caligráficos.
Servicios de vigilancia no uniformada en ferias, congresos, hoteles, exposiciones y centros comerciales.
SEGUROS Y MUTUAS
Investigaciones sobre siniestros provocados.
Vehículos, industrias y hogar.
Incapacidades.
Obtención de pruebas para demandas judiciales.
Siniestros simulados.
Incendios.
TECNOLÓGICOS
Localización y seguimiento por GPS.
Instalación de GPS en vehículos.
Detección y barrido de sistemas de espionaje.
Auditoría, asesoría y planes de contraespionaje.
Instalación de microcámaras y micrófonos.
Control de flotas (vehículos, transporte) y seguimiento online.
Equipos de recepción y transmisión vía radio, localizadores de GSM y de radiofrecuencia.
Peritaciones informáticas y protección de datos.
Peritajes caligráficos.
Servicios de tele-vigilancia: (Colocación de cámaras de seguridad, de vigilancia online, seguimiento GPS, y otros sistemas).
Falsificación documental.
LAU
Subarriendos y subrogaciones indebidas.
Verificación del uso incorrecto de una finca por parte del arrendatario.
Subrogaciones realizadas de modo irregular o fuera de contrato.
Dedicación a otros fines no autorizados en el contrato del inmueble.
Duplicidad de domicilio.
Comprobación de morada del inmueble o del no uso del mismo.
Cesiones y traspasos no consentidos.
Incumplimiento de contrato.
Verificaciones a priori y a posteriori del bien arrendado.
Verificación antecedentes del futuro arrendador.
La Justicia avala usar detectives privados ante bajas laborales sospechosas.
Sorprenden a un individuo que intentaba entrar en una fábrica de Couso, pero que acabó yéndose.
Detenidos por simular accidentes obligando a otros conductores a dar partes falsos.
Declaran legal el despido de una cocinera que hacía las mismas tapas para un bar rival.
El Supremo anula el despido a una cajera porque fue grabada sin ser informada antes.
El Tribunal de Estrasburgo avala grabar a un asegurado para demostrar que miente.
«Los detectives somos de carne y hueso, nada que ver con la ficción».
Veinte motivos para que un padre contrate a un detective privado que siga a su hijo.
La Justicia avala usar detectives privados ante bajas laborales sospechosas.
Los detectives 'cazaron' 3.104 intentos de fraude al seguro en Aragón.
FAQ
Los detectives privados en España somos profesionales altamente preparados, con formación universitaria en investigación privada, cuya principal función es la de aportar, de manera completamente legal, información y pruebas de hechos privados para clientes legitimados.
El artículo 48 de la Ley del 5 de abril de 2014, de Seguridad Privada establece que :
Los servicios de investigación privada, a cargo de detectives privados, consistirán en la realización de las averiguaciones que resulten necesarias para la obtención y aportación, por cuenta de terceros legitimados, de información y pruebas sobre conductas o hechos privados relacionados con los siguientes aspectos:
a) Los relativos al ámbito económico, laboral, mercantil, financiero y, en general, a la vida personal, familiar o social, exceptuada la que se desarrolle en los domicilios o lugares reservados.
b) La obtención de información tendente a garantizar el normal desarrollo de las actividades que tengan lugar en ferias, hoteles, exposiciones, espectáculos, certámenes, convenciones, grandes superficies comerciales, locales públicos de gran concurrencia o ámbitos análogos.
c) La realización de averiguaciones y la obtención de información y pruebas relativas a delitos sólo perseguibles a instancia de parte por encargo de los sujetos legitimados en el proceso penal.
Los informes emitidos por personas no habilitadas no constituyen documentos aportables como prueba a procedimientos judiciales (Art. 265.1.5 LEC).
Sólo los detectives privados están exentos del deber de informar a la parte investigada de la existencia de la investigación (resoluciones E-00128/2004 y E-00778/2005 de la Agencia Española de Protección de Datos).
El artículo 265.1.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil determina que los informes que puedan emitir personas no habilitadas debidamente como investigadores privados no pueden ser considerados documentos válidos como pruebas en ningún tipo de procedimiento judicial.
Los detectives privados disponen de una acreditación profesional (TIP), expedida por el Ministerio del Interior. Sólo esta acreditación habilita al profesional para prestar los servicios propios de los detectives privados.
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